Perico maneja por Chile (Y no siempre lo indemnizan)
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Date
2009
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Publisher
Escuela de Derecho - Universidad Viña del Mar
Abstract
Sin lugar a duda uno de los puntos más debatidos en doctrina vinculado
al denominado Derecho de Daños es la indemnización del daño moral. Esta
partida indemnizatoria, por su especial naturaleza, torna difícil, sino imposible,
la tarea de los jueces para determinar su procedencia, monto, forma
de prueba, legitimados para reclamarla, etc., lo que resulta en decisiones
contradictorias que, luego, no solo afectan la necesaria certeza del derecho,
sino que, además, menoscaban el principio de igualdad ante la ley. Con el
fin de ejemplificar esta situación, en estas líneas, comentamos dos sentencias
de dos Cortes de Apelaciones (una dictada por la Corte de Apelaciones
de Antofagasta, Rol 161-2007, de fecha 3 de diciembre de 2007; y una
dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, Rol 395-2007, de fecha 28
de noviembre de 2007), que, como se podrá apreciar, fueron dictadas con
menos de una semana de diferencia, y que, en casos particularmente similares,
llegan a resoluciones diferentes, al fundar sus conclusiones en soluciones
opuestas en relación al concepto y la carga de la prueba de la existencia
de daño moral.