Portabilidad Financiera: ¿Qué se debe informar en el formulario de solicitud?
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Date
2020-12-28
Authors
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Publisher
El Mercurio
Abstract
Académico explica todas las variantes que deben ser incluidas en el documento, que tiene que ser
proporcionado por el proveedor del cliente. Como es de público conocimiento, en junio de este año se publicó en el Diario
Oficial la Ley 21.236, correspondiente a la Portabilidad Financiera, cuyo funcionamiento comenzó a regir a partir de septiembre
pasado, la cual en el artículo 3 de su reglamento (Decreto 11 54, del 24 de Julio de 2020, del Ministerio de Hacienda y Economía
y de Fomento y de Turismo, publicado en el D.O. del 8 de septiembre de 2020), establece que las solicitudes deben ser
mediante un formulario que el proveedor pone a disposición del cliente. Pero, ¿Qué contiene dicho formulario? El académico
de la carrera de Contador Auditor de la Universidad Viña del Mar (UVMI, Rodolfo Olguín, explica que el documento que oficializa
la solicitud de portabilidad debe contener "fecha de presentación, individualización del cliente y cotitular, si corresponde,
indicando su nombre o razón social, domicilio y cédula de identidad o Rol Único Tributario, esto junto con el nombre o razón
social y Rol Único Tributario del proveedor que recibe la solicitud de portabilidad, los cuales deberán ser completados por el
mismo proveedor".