Navarrete Medina, Paulina2020-10-272020-10-272020-07-27https://hdl.handle.net/20.500.12536/952En 1989 la profesora de Derecho estadounidense, Kimberlé Crenshaw acuñó el término interseccionalidad para indicar cómo muchos de los problemas de la justicia, entre ellos el sexismo o el racismo se sobreponen creando múltiples niveles de injusticia social, esto a propósito de que el 25 de julio se conmemora el Día Internacional de la Mujer Afrolatinoamericana, Afrocaribeña y de la Diáspora. Si hoy fuésemos capaces de visibilizar la importancia de la perspectiva de género en la enseñanza del derecho- lo que desde luego repercutiría en su creación, interpretación y aplicación- deberíamos ser capaces, también, de poner en la palestra la importancia del fenómeno de la interseccionalidad, esto es, considerar que el género- como un factor de discriminación- interactúa a su vez con otros factores como la raza o la clase social.esUna revolución feminista que nos incluya a todasArtículo de prensa