Viera Álvarez, Christian2020-07-012020-07-012008https://hdl.handle.net/20.500.12536/588Dice la Constitución Política en el artículo 1º inciso segundo que la familia es la base de la sociedad. Sin embargo, ¿qué se entiende por familia? La doctrina constitucional chilena, a partir del estudio de las actas de la Comisión Ortúzar, ha interpretado esta institución desde una perspectiva restringida asociando familia a matrimonio. El presente trabajo revisa el fundamento de las Bases de la Institucionalidad del Estado en lo relativo a la familia, a saber, la filosofía humanista cristiana. ¿En qué consisten los postulados de esta filosofía? ¿Cómo el iusnaturalismo emerge como una reacción al positivismo? ¿Cuáles son sus principales características? Estas preguntas motivan la reflexión crítica a un fundamento de esta naturaleza.esFamiliaMatrimonioIusnaturalismoHolocaustosPositivismoEntes relacionalesSanto TomásSan AgustínNotas sobre la filosofía inspiradora de la constitución política chilena en lo relativo a la familiaArtículo de revista